martes, 2 de noviembre de 2010

ESTABILIDAD LABORAL E INAMOVILIDAD LABORAL PARA EL SECTOR PRIVADO.

Interesante punto para la empresa privada y aun más para el beneficiario de el derecho, la ley en su afán de proteger al débil jurídico (trabajador) según el articulo 93 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (1999) es partidario de amparar al trabajador y limitar el despido injustificado es este articulo que hace referencia a la estabilidad laboral, no obstante, es en el 2005 donde por decreto Presidencial dentro se sus competencias y en busca de proteger el trabajo como hecho social, establece y ordena la inamovilidad laboral pero haciendo referencia a los empleados que tenga mas de tres meses al servicio del patrono.
Ahora bien, en busca de información y observado la realidad, me pareció un punto excelente para desarrollar, en el párrafo anterior hacia referencia a lo interesante que se presenta para las partes de la relación jurídica esta característica, la ley busca proteger y el empleador desmejorar, es visto que en algunos trabajos del sector privado el periodo de labor de sus empleados no pasa de tres meses, y todo esto con el propósito de evadir a la ley.
Es en esos casos donde el patrono no quiere asumir su responsabilidad, no con el trabajador, sino con el estado, la ley establece la inamovilidad laboral para proteger a la sociedad, a sus particulares para suminístrale una seguridad de sus puestos de trabajos, una estabilidad laboral y mas que laboral económica, pero no se presenta de esa manera en algunas ocasiones en la forma de pensar del empleador y busca la condición de no cumplir con la obligación que le acarrea generar puestos de trabajos y atender con las necesidades de sus empleados, de no pagar los beneficios que la ley ordena y de estar al día con los servicios de los trabajadores, todo esto para recibir y no dar.

2 comentarios:

  1. hola amiga, tienes toda la razon en cuanto a tu punto de vista de la evasion de las empresas privadas de la ley, es bien sabido que en la mayoria por no decir todas, las empresas privadas en nuestro pais, realizan la contratacionn de los empleados por un lapso de tiempo no mayor de 3 meses con la intension de que no exista una relacvion laboral formal y asi no verse en la obligacion de cumplir con el pago que la ley exige y mucho menos para que se pueda calificar de despido injustificado, ya que la ley establece q es para trabajadores con mas de tres meses de dependencia labopral para con su empleador, desde mi punto de vista muy personal yo soy de los que opinan que la relacion laboral y la inamovilidad laboral comienza el dia en que comienza el trabajador a realizar su trabajado para el empleador, tal como lo establece La Ley Organica del trabajo, mas sin embargo se tendria tambien que estar muy atento ya que tambien existen trabajadores mal intencionados y que buscan dañar a los patrono...de igual manera amiga permiteme felicitarte por tu segunda entrada en el blogs, de verdad q estuvo bastante acertado el tema que escogiste

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  2. gracias carlitos, me alegra mucho que los estes leyendo y asi tengas conocimientos del curso del post..saludos que estes muy bien.

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